Tribunal italiano condena a hospital por cuatro años de quimioterapia aplicada por un cáncer inexistente

Florencia, Italia. – Un tribunal italiano ha condenado al Hospital Universitario de Pisa a indemnizar con más de 470.000 euros a una mujer que fue sometida durante casi cuatro años a quimioterapia y otros tratamientos oncológicos agresivos por un diagnóstico de cáncer que nunca existió. Esta sentencia judicial pone en evidencia las consecuencias devastadoras de un diagnóstico erróneo y la falta de confirmación diagnóstica adecuada en la práctica clínica.
En 2006, una mujer de 47 años acudió al Hospital de Volterra para una cirugía ortopédica rutinaria. Durante los exámenes preoperatorios se detectó una anomalía en el recuento de glóbulos blancos, por lo que su caso fue derivado al Hospital Universitario de Pisa. Allí, tras realizar biopsias de médula ósea e intestinal, los médicos concluyeron que padecía un linfoma no Hodgkin tipo MALT, un cáncer de crecimiento lento de origen principalmente intestinal. Basándose en ese diagnóstico, en 2007 la paciente inició un régimen prolongado de quimioterapia, corticoides y esteroides.
Entre 2007 y 2011, la mujer soportó efectos adversos graves derivados del tratamiento, como cansancio crónico, malestar persistente y limitaciones funcionales severas, sin que se realizara una reevaluación diagnóstica sólida durante ese periodo. Su calidad de vida se deterioró significativamente, lo que incluyó importantes limitaciones laborales —con reducción de su actividad profesional— y la pérdida temporal de su carnet de conducir como consecuencia de las secuelas físicas.
El error diagnóstico salió a la luz en 2011, cuando la paciente buscó una segunda opinión médica en un hospital de Génova. Tras realizar nuevos estudios y biopsias, los especialistas concluyeron que no existía evidencia de cáncer y que el diagnóstico inicial carecía de base científica, por lo que los tratamientos administrados durante cuatro años no estaban clínicamente justificados.
Tras intentar sin éxito una resolución extrajudicial con el centro médico, la afectada llevó el caso a los tribunales. La Corte de Apelación de Florencia revisó toda la documentación, evaluó informes periciales independientes y determinó que no existía evidencia que respaldara el diagnóstico original ni que justificara la administración de terapias oncológicas agresivas durante cuatro años.
El tribunal reconoció un grado de invalidez permanente del 60% para la demandante y, con base en ello, elevó la indemnización a más de 470.000 euros —superando los 295.000 euros inicialmente estimados—, tomando en consideración no solo el daño físico, sino también el impacto psicológico, funcional y laboral sufrido por la paciente. En la sentencia se subrayó que el aumento de la compensación respondía al daño corporal, así como a la angustia emocional y al impacto existencial derivado de vivir durante años bajo la creencia de padecer una enfermedad grave con pronóstico potencialmente mortal.
Este caso expone fallos críticos asociados al error médico, entre ellos un diagnóstico sin respaldo científico sólido antes de iniciar tratamientos invasivos, la ausencia de seguimiento que revaluara la condición clínica, y la importancia decisiva de una segunda opinión médica independiente para corregir el procedimiento. También ilustra cómo las consecuencias de un error diagnóstico son multidimensionales, afectando no solo la salud física, sino también la integridad psicológica, la autonomía funcional y la vida laboral del paciente.
En el contexto de la práctica clínica y la responsabilidad profesional, este caso recalca la necesidad de adherirse a protocolos diagnósticos rigurosos, confirmar los diagnósticos con evidencias sólidas antes de iniciar terapias agresivas, y reevaluar la condición del paciente ante la falta de respuesta clínica esperada o la presencia de incongruencias en su evolución.
Con información de saludnews







