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Centros oncológicos alertan cambios en venta de fármacos de alto costo desarrollaría esquema de corrupción

Centros oncológicos alertan cambios en venta de fármacos de alto costo desarrollaría esquema de corrupción
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Santo Domingo. – La Asociación Dominicana de Centros Oncológicos denunció que detrás de la modificación de una resolución para centralizar la venta de medicamentos de alto costo, se esconden intenciones de dirigir las compras a un solo organismo, lo que se convertiría en un atractivo para desarrollar esquemas de corrupción.

En un comunicado, la entidad empresarial expresa que el nuevo esquema que se pretende aprobar podría propiciar un sistema de corrupción que envolvería montos superiores a los 300 millones de pesos.

«El tema no es solamente el acceso a los medicamentos, debido a que hay dos tipos de medicamentos, los que están incluidos en el Plan de Servicios de Salud (PDSS), que los pacientes seguirán procurando en el Programa de Alto Costo del Ministerio de Salud; y los que tienen un alto precio y están aprobados por las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), las ARS y los pacientes los compren directamente en el Programa de Alto Costo», precisa.

Afirma que, de aprobarse cambios a la resolución 553-02, también conllevaría una serie de riesgos para los pacientes y la conservación de los medicamentos indicados en las terapias a pacientes con Enfermedades Crónicas No Transmisibles y agregará más burocracia para obtenerlos.

La organización empresarial sostiene que la discusión de la modificación en el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) plantea interrogantes importantes sobre su impacto en el acceso efectivo a tratamientos oncológicos, la logística de distribución, la calidad de los medicamentos y el respeto al marco jurídico sanitario vigente.

La organización que agrupa a ocho centros oncológicos privados señala que el tratamiento del cáncer requiere continuidad terapéutica, oportunidad en la administración de medicamentos y cumplimiento estricto de protocolos clínicos.

«Las terapias oncológicas modernas, incluyendo inmunoterapia, terapias dirigidas y anticuerpos monoclonales, dependen de esquemas terapéuticos programados que no pueden interrumpirse sin riesgo clínico significativo», expone en un comunicado.

Agrega que la propuesta de canalizar de forma obligatoria los medicamentos de alto costo a través de la Dirección de Acceso a Medicamentos de Alto Costo (DAMAC), presentada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), complicaría aún más el modelo de centralización actual de dispensación del Programa de Medicamentos de Alto Costo.

Puntualiza que la concentración actual de la dispensación en dos ciudades genera barreras potenciales para pacientes provenientes de otras regiones, incluyendo costos de traslado, retrasos en la entrega de medicamentos y dificultades logísticas para mantener continuidad terapéutica.

Otro riesgo citado por la organización es la interrupción de la cadena de frío, debido a que muchos medicamentos oncológicos requieren almacenamiento bajo cadena de frío con monitoreo continuo de temperatura.

«La ruptura de la cadena de frío puede producir degradación del medicamento, pérdida de eficacia terapéutica, aumento del riesgo de eventos adversos. La centralización de la distribución aumenta la responsabilidad institucional de garantizar controles estrictos de almacenamiento, transporte y trazabilidad de los medicamentos», anota en su comunicado.

Sobre el riesgo de interrupción terapéutica, indica que el tratamiento del cáncer se basa en esquemas terapéuticos programados con intervalos definidos y la falta de disponibilidad de medicamentos o retrasos en su dispensación traerían consecuencias para los pacientes.

Entre éstas citó interrupción de ciclos de tratamiento y pérdida de eficacia terapéutica, progresión de la enfermedad. «Estas situaciones pueden afectar directamente la supervivencia de los pacientes».

Agrega que el marco legal establecido en la Constitución de la República, la Ley General de Salud 42-01 y la Ley de Seguridad Social 87-01 contempla la garantía de acceso a los servicios de salud.

Especifica que, en enfermedades graves como el cáncer, la falta de acceso oportuno a tratamientos puede tener consecuencias irreversibles para la vida del paciente y violación a las normas jurídicas establecidas en el sistema dominicano de salud y la Constitución.

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