Actualidad

Nuevas tarifas de certificación de drogas controladas de la DNCD entran en vigencia el 1 de noviembre

Nuevas tarifas de certificación de drogas controladas de la DNCD entran en vigencia el 1 de noviembre
281views

Santo Domingo.- La Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) anunció la entrada en vigor de la Resolución 2024-001, que establece las nuevas tarifas para las certificaciones de inscripción de drogas controladas clase A y B, así como para otros servicios derivados. Este ajuste de tarifas, que no se actualizaba desde hace 36 años, comenzará a aplicarse a partir del próximo 1 de noviembre de 2024.

La medida fue previamente socializada el pasado 5 de septiembre con las principales entidades del sector farmacéutico y sanitario de República Dominicana, incluyendo la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), la Unión de Farmacias, la Industria Farmacéutica Dominicana, la Asociación de Industrias Farmacéuticas Dominicanas (Infadomi), la Asociación de Productores Farmacéuticos, la Asociación de Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos (Arapf), el Colegio Médico Dominicano (CMD), y la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps).

En el país existen alrededor de 80 medicamentos que requieren control por la DNCD, y la resolución afectará los procesos de emisión y renovación de certificaciones de inscripción para estas drogas controladas, la expedición de talonarios para la prescripción y comercialización de sustancias controladas y permisos de importación y exportación de sustancias químicas reguladas. Entre los servicios incluidos en la nueva normativa también están la emisión de certificaciones de no objeción y de no control, así como la inclusión de sustancias controladas a la certificación de inscripción de drogas controladas clase B.

La resolución también establece que los permisos de importación y exportación de sustancias controladas deben solicitarse a través de la ventanilla única de comercio exterior, ofreciendo un sistema simplificado y electrónico. Las empresas que importen estos productos deben obtener el permiso con vigencia de 180 días, tal y como lo establece la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y la DNCD.

Leave a Response

X